miércoles, 24 de octubre de 2012

Preocupación de miembros de la Comisión de Organizaciones Sociales y Entes Sin Fines de Lucro del CPCEF por inactividad frente al “Año Internacional de las Cooperativas”.

La falta de manifestación publica en actos sobre el “Año Internacional de las Cooperativas” por parte del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Formosa-CPCEF-,a través de su Comisión de Organizaciones Sociales y Entes Sin Fines de Lucro, no cayó nada bien en destacados profesionales miembros de dicha Comisión, ya que no quedaron conformes con el silencio del CPCEF al respecto y las explicaciones dadas a planteos en esa orientación que no fueran atendidos y recordaron que dicho organismo fue creado precisamente a instancias de la iniciativa de los mismos solicitantes.

“A este tema también se suma que el Cr. Ricardo Fischer, titular del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Formosa, es además Subsecretario de la Subsecretaria de Asociativismo y Economía Social De la Provincia de Formosa, lo que es altamente desconcertante este silencio institucional ante tan magnánimo acontecimiento mundial”, aseveraron los matriculados.

La Cra. Ana María Ramírez Zarza, el Cr. Luli Aquino y el Lic. José Yorg, matriculados todos al CPCEFE, junto a los próximos a matricularse, el Lic. Roque Arguello y el Lic. Juan Velázquez, no ocultaron la preocupación en una nota formal dirigida al Cr. Fischer sobre este tema, más aún porque ya llega fin del mes de octubre y se asoma la finalización del año en curso sin actividad cooperativa”.

Un poco de historia

Los profesionales también dejaron claro que “esta inactividad vuelve a ser un antecedente complicado que esperamos encuentre una rectificación favorable y se encaren acciones demostrativas al pueblo todo de Formosa y así se lo dijimos al Cr. Fischer, recordándole todas nuestras aportaciones benéficas para los matriculados y en procura de elevar el prestigio de la entidad”.

“Señalamos que vemos con muchas dificultades canalizar nuestras aportaciones profesionales que tienen por objetivo desempeñar una cordial relación institucional que nos permita rápidamente insertarnos en instancias y redes nacionales e internacionales que insistentemente nos invitan a ser parte de esas iniciativas proactivas cooperativas en ámbitos profesionales”, cerraron expectantes.



*En la foto el Cr. Aquino entregando la nota de preocupacion en el CPCEF.

sábado, 20 de octubre de 2012

Enfoques cooperativos; Hoy: Ayudando al Estado a cumplir la manda legal.

Por José Yorg, el cooperario.


Hace unos días nos conectamos telefónicamente con un alto funcionario de la cartera educativa nacional y dialogamos largamente sobre un documento presentado por nosotros ante ésa, denominado “Lineamientos políticos y estratégicos del cooperativismo educacional en la secundaria obligatoria”, en razón a que en el documento emitido por ese organismo no contempló la educación cooperativa y originó pues esa respuesta documental.



Llamativamente se suscitó un debate sobre la palabra “promover” inserta en el articulo Nº 90 de la Ley nacional de educación (26.206) .Aludiendo el funcionario publico que “no es el Ministerio de Educación sino el Consejo Federal quien debe impulsar, sin embargo, el articulo de referencia es claro: …. “El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología promoverá, a través del Consejo Federal de Educación, la incorporación de los principios y valores del cooperativismo y del mutualismo en los procesos de enseñanza-aprendizaje”….

Vayamos al origen de la palabra; la palabra promover proviene del verbo latín promovere que quiere decir “mover hacia, mover a favor de”.- Sintácticamente es un verbo transitivo.

¿Quien debe promovere, mover hacia, mover a favor de la educación cooperativa? Qué dudas cabe, ¡es el propio Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación Argentina!

Sin perjuicio de lo anotado en el párrafo anterior no escapan de igual responsabilidad los ministros de educación de las provincias en virtud a las leyes de adhesión respectivas de sus jurisdicciones.

No encuentro mejor argumento para nutrir y sostenernos en este articulo que el redactado en símil orientación por el Dr. Roberto Fermín Bertossi denominado “La educación cooperativa es ley”, dirigido al Defensor del Pueblo de la Nación en términos de pronto despacho.

¿Nuestro objetivo? Ayudar al Estado a cumplir la manda legal.

Porque el “no promoveré” implicaría conculcar derechos de raigambre constitucional, dado la inobservancia de la manda legal que colocaría a la educación cooperativa escolar carente de toda operatividad y por tanto, constituiría, indubitablemente, un acto que con ilegalidad manifiesta lesiona de manera explícita un derecho reconocido en cuanto aprender y enseñar, como así también engendra una responsabilidad en cabeza de los funcionarios obligados a dar fiel cumplimiento a la promoción de los valores y principios cooperativos.

El Docente e investigador universitario Dr. Bertossi nos alecciona jurídicamente que “Las Leyes 16.583, 23.427, 26.075 y 26.206 institucionalizaron imperativamente la enseñanza federal de la educación cooperativa y mutual, asegurando su financiamiento”.

Nos adentra en el meollo de la cuestión educativa a la luz de cuanto sigue: “Hace 48 años cuando la cultura solidaria fue plasmada en la eficacia de la Ley N° 16.583 que institucionalizó una formal educación cooperativa, mediante tres dispositivos básicos a saber:

“Art. 1º) Declárase de alto interés nacional la enseñanza de los principios del cooperativismo.”

“Art. 2º) El Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Educación y Justicia, dictará las normas para la inclusión en los planes y programas de los establecimientos educacionales de su dependencia, de la enseñanza teórico-práctica del cooperativismo.”

“Art. 3º) El Poder Ejecutivo, por los organismos de coordinación correspondientes interesará a los gobiernos de las provincias para la implantación en los establecimientos educacionales de sus respectivas jurisdicciones, de la enseñanza del cooperativismo.”

“La educación cooperativa, imprescindible en estos tiempos de críticos y acendrados individualismos, no sólo goza de alcurnia e institucionalidad constitucional y legislativa (Art. s. 75 inc. 17, 18, 19 y cc. CN.; Leyes 16.583 y 26.206 sino de cierta autarquía e institucionalidad financiera conforme los parámetros de la Ley de Financiamiento Educativo N° 26.075 vigente desde 2006 en general y, específicamente aquellos de la Ley N° 23.427 del año 1987 que dispuso la creación de un Fondo coparticipable para Educación y Promoción Cooperativa, cuyas finalidades son las siguientes”:

a. “Promover mediante los programas pertinentes la educación Cooperativa en todos los niveles de enseñanza Primaria, Secundaria y Terciaria”.

“Lo cierto es que a tantos años de la vigencia de estas Leyes de la República, su flagrante inejecutoriedad ha ido más allá de cuestionar su propia eficacia, desbaratando derechos adquiridos en todo lo concerniente a un acceso personal efectivo, universal y federal a la educación cooperativa”.

De tal modo es nuestra esperanza haber argumentado sobradamente en pos de llegar al corazón y a la razonabilidad del funcionario del Ministerio de Educación nacional para que promueva con vigor necesario la manda constitucional y legal que es de inexcusable cumplimiento.

Concluimos al unánime con el Dr. Bertossi “clausurando así toda rémora, defecciones estatales o posibilidad de desvíos de fondos públicos con específica i genuina afectación legal cooperativa, todo ello desde francas y comprometidas perspectivas y prospectivas para una cabal y apropiada cultura solidaria argentina.”

¡En la fraternidad, un abrazo cooperativo!



* En la foto el Prof. Lic. Juan Velázquez entregando la propuesta cooperativa escolar al jefe de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Educación de la Nación Argentina, Lic. Juan Carlos Tedesco.

jueves, 18 de octubre de 2012

Rememoran en Coloquio interno las razones fundacionales de TECNICOOP

Recientemente en un Coloquio interno los miembros de TECNICOOP, abordaron el estudio y análisis de las condiciones históricas que impulsaron la fundación de la entidad en Formosa-Argentina-, aludiendo que “nos vimos en los años de 1992 empujados por una realidad dolorosa encarar la revaloración del cooperativismo y para ese fin fue necesario crear un instrumento educativo, gremial y político vigoroso, y lo hicimos”.

“Rememoramos-dijeron- nuestros objetivos para hacerla conocer públicamente y así se comprenda cabalmente las razones del por qué abrazamos una misión de características históricas con una línea dura, pero esencialmente honrada y realista, en el aporte al encuentro de las mejores soluciones que demandan miles y miles de formoseños por las dificultades que atraviesan.”

Visiblemente afirmado José Yorg aleccionó que “la misión que nos pusimos en los hombros en bien del pueblo fue y es compensar con capacidad profesional universitaria y doctrinaria la ausencia dirigencial cooperativa formoseña y neutralizar las políticas mediocres de ineptos funcionarios del área”

TECNICOOP del Siglo XXI

“La fundación de TECNICOOP-resumió Yorg- fue producto de una realidad histórica hostil, y por ello seguiremos en la marcha constructora del TECNICOOP del Siglo XXI, evidenciando el genuino y verdadero cooperativismo para marcar diferencias con las cooperativas falsas (truchas) y tuteladas que tanto dañan a las gentes”.

Yorg selló para finalizar que “el objetivo fundacional de promocionar y posesionar al cooperativismo a escala relevante en Formosa lo alcanzamos sobradamente en razón al apoyo periodístico y de personalidades, gracias a lo cual ganamos campo político y capacidad de diálogo como referentes indiscutidos”, cerró.